Un poco de historia:

El camino para la sanción de una ordenanza  comenzó el año pasado, cuando el Consejero Superior del Claustro Estudiantil, Martin Rubio presentó un proyecto de “Licencia Estudiantil por Maternidad, Paternidad y Tareas de Cuidado” para contemplar la situación por la que atraviesan estudiantes de la Universidad Nacional del Comahue que gestan, maternan, paternan y cuidan.

El proyecto fue elevado desde el Consejo Superior a la Secretaría Académica para su análisis, junto a otras normas vinculadas a la temática que fueron sancionadas en distintas unidades académicas, como las resoluciones de los Consejos Directivos de las Facultades de Ciencias Médicas (Resolución FAME Nº 171/09 y Resol. FAME Nº 190/23), de Ciencias de la Educación (Resol. FACE N° 255/22) y de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales (Resolución FADECS Nº 025/17) que a instancias de propuestas de consejeras y consejeros estudiantiles de la
UNCo dictaminaron sobre este tipo de licencias

La Comisión de Interpretación y Reglamento y Docencia y Asuntos Estudiantiles del Consejo Superior emitió un informe recomendando redactar un proyecto de norma general sobre estas licencias estudiantiles y reunir a la Comisión de Bienestar Universitario del Consejo Superior con el objeto de elaborar el proyecto de ordenanza definitivo conforme a la iniciativa presentada, convocando a las secretarías de Bienestar y Académica a participar en un trabajo conjunto.

De allí se conformó la Comisión de Bienestar Universitario y trabajó en la redacción conjunta de la propuesta definitiva, con la participación del Secretario de Bienestar y de la Secretaria Académica de Rectorado.

Para esta propuesta, la Comisión de Bienestar tuvo en cuenta, además, las normativas de otras universidades nacionales vinculadas a las licencias estudiantiles y la Ordenanza del Consejo Superior de la UNCo Nº 0273/2018 “Reglamento de administración académica para carreras de pregrado y grado, modalidad presencial”.

La norma elaborada entiende a esta Licencia como un derecho estudiantil que tiene por objeto suspender los plazos académicos, reprogramar las instancias académicas con adecuación de las trayectorias pedagógicas y congelar la situación académica a quienes hayan accedido a este derecho en función de las causales reglamentadas.

Entonces la Comisión de Bienestar Universitario emitió despacho recomendando aprobar la implementación de la “Licencia Estudiantil por Maternidad, Paternidad y Tareas de Cuidado”, de acuerdo al anteproyecto de ordenanza elaborado y el Consejo Superior, en sesión ordinaria del 08 de noviembre de 2023, trató y aprobó por unanimidad el despacho producido por la Comisión;

El siguiente es el articulado:

ARTÍCULO 1º: APROBAR la implementación de la “Licencia Estudiantil por Maternidad, Paternidad y Tareas de Cuidado” destinada a estudiantes de la Universidad Nacional del Comahue, de acuerdo a las especificaciones que obran en el Anexo Único que forma parte de la presente.

ARTÍCULO 2º: ESTABLECER que la Licencia Estudiantil es un derecho que tiene por objeto suspender los plazos académicos, reprogramar las instancias académicas con adecuación de las trayectorias pedagógicas y/o congelar la situación académica a quienes hayan accedido a este derecho en función de las causales reglamentadas, manteniendo los avales académicos obtenidos al momento del otorgamiento y por el lapso que fije la reglamentación, y considerando las contingencias extraordinarias que impidan el normal desarrollo de las actividades propias de la/el estudiante universitaria/o.

ARTÍCULO 3º: ESTABLECER que esta licencia estudiantil está destinada a todas/os las/los estudiantes de la Universidad Nacional del Comahue y que cada Unidad Académica podrá reglamentar su propia normativa de acuerdo a las especificidades de las carreras que dictan, bajo los criterios establecidos en la presente Ordenanza, y que en caso de no dictar reglamentación alguna, se regirán por la presente.

ARTÍCULO 4º: ENCOMENDAR a la Secretaría Académica y de Bienestar Universitario del Rectorado, la elaboración de un Sistema de Licencias Estudiantiles que contemple otras causales, además de las dispuestas en la presente Ordenanza.

ARTÍCULO 5º: NOTIFICAR a todas las Unidades Académicas lo resuelto en la presente.

ARTÍCULO 6º: REGISTRAR, comunicar y archivar

Los documentos necesario para solicitar la licencia:

A continuación dejamos a disposición de las y los estudiantes los archivos pdf con la planilla de solicitud de la licencia y con el texto completo de la Ordenanza 413:

 

 

Formulario de Solicitud Licencia Estudiantil

Ordenanza 413